El concubinato es un tema controversial debido a: la división de los bienes y el cuidado o la guarda de los hijos procreados.

Hemos tocado este tema en antiguos post pero haremos un pequeño resumen antes de desarrollar la división de los bienes del concubinato.

En primera instancia para que exista un concubinato o unión libre  hay ciertos elementos tomados en cuenta para que sea reconocida la unión   la Unión Libre o concubinato:

La Cámara Penal de la Suprema Corte de Justicia Dominicana, en su sentencia de fecha 17 de Octubre del 2001, estableció los siguientes elementos constitutivos:

 1.- Convivencia, una relación pública y notoria (excluidas las relaciones ocultas y secretas);
 2.- Ausencia de formalidad legal en la unión;(no contrato matrimonial, entiéndase acta de matrimonio).
 3.-Estabilidad, apariencia de matrimonio;
 4.- Permanencia, constancia, duradera;
 5.-Singularidad, la unión de 2 personas de distintos sexos, es decir, que no exista de parte de ninguno de ellos lazos de afectos o nexos formales de matrimonio con otros terceros de manera simultánea, o sea, monogámica.

Nota: QUEDAN EXCLUIDAS LAS UNIONES DE HECHO QUE AL SURGIR ERAN ADULTERAS AUNQUE EN LA ACTUALIDAD NO LO SEAN.


PRESENCIA  DEL CONCUBINATO O UNIÓN LIBRE EN LA LEYES DOMINICANAS.

(Base legal, jurisprudencia  y Doctrinal del concubinato o unión libre)

- 1992: Ley 16-92 que crea el Código de Trabajo de la República Dominicana. En su Artículo 54, donde el trabajador(a) tendrá derecho a 5 días por motivo de matrimonio, 3 días en caso de fallecimiento y 2 días en caso de alumbramiento de su esposa o compañera;

- 1997: La Ley 24-97, que reconoce las uniones de libre al tipificar como infracciones gravando los actos de violencia domestica de agresión sexual y de abandono en que pueda incurrir un conviviente o ex conviviente;

- 2001: La Ley 87-01, Sistema Dominicano de Seguridad Social. En diferentes secciones y artículos donde se refieren a los beneficiarios del sistema se reconoce al compañero(a) de vida;

- 2001: Sentencia de la Cámara Penal de la Suprema Corte de Justicia Dominicana, en fecha 17 de Octubre del 2001, que establece jurisprudencialmente los elementos constitutivos del concubinato así como hecho lícito mientras no transgreda ley alguna (sentencia donde reconoce que una mujer que vive en concubinato tiene derecho a reparación o reclamación por la muerte de su compañero);

- 2003: Ley 136-03 que crea el Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de los niños, niñas y Adolescentes (Código del Menor como comúnmente se le conoce). En su Artículo 58. Donde se establece como familia al grupo de personas formados por la madre, el padre e hijos ya sea en matrimonio o en unión libre;

- 2004: El 4 de agosto del 2004, la Suprema Corte de Justicia Dominicana, reiteró su posición ordenando por sentencia la partición de bienes entre concubinos, que estaban envueltos en una relación sentimental durante 16 años, procrearon tres (3) hijos, fomentaron varios negocios y grandes sumas de dinero, todo producto del esfuerzo conjunto, llegando a ser los mismos de inconmensurable valor comercial.

-2009: Aunque desde el 2001 existe una resolución de la Suprema Corte de Justicia que reconoce los derechos de las parejas en unión libre, AHORA cobra mayor fuerza jurídica con la consagración de la figura del Concubinato en la Carta Magna.

La Asamblea Nacional Revisora de la Constitución aprobó el Artículo 56 (reubicado como 25) que trata sobre “Derechos de la Familia” que dice:
 
“La familia es el fundamento de la sociedad y el espacio básico para el desarrollo integral de las personas. Se constituye por vínculos naturales o jurídicos, por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla.”

En lo adelante la unión libre entre un hombre y una mujer generará deberes y derechos tanto personales como patrimoniales, ambos gozarán de iguales derechos y deberes, así como deberse compresión mutua y respeto reciproco. De igual modo, sólo reconoce como una familia la unión entre un hombre y una mujer, o sea, personas de distintos sexo.

El numeral cinco reza: “La unión singular y estable entre un hombre y una mujer, libres de impedimento matrimonial, que forman un hogar de hecho, genera derechos y deberes en sus relaciones personales y patrimoniales, de conformidad con ley”.







DIVISIÓN DE LOS BIENES EN LA UNIÓN LIBRE O CONCUBINATO


Toda mujer u hombre que tenga una unión de permanencia, singularidad y estabilidad que se pueda demostrar, podrá reclamar el cincuenta por ciento (50%) de los bienes comunes, que son los adquiridos durante su tiempo de vida en unión libre en concubinato. Debo aclarar que los bienes heredados no se consideran bienes comunes y que sólo podrán reclamar la división de los bienes las parejas que constituyan una relación singular, monogámica, es decir, que ninguno de ellos esté casado con otra persona.

Finalmente, podemos decir que la consagración de la figura del concubinato permite levantar un muro frente a la violencia patrimonial o económica que con frecuencia ejerce el hombre contra la mujer.

Así como cuando en su numeral 11 de la constitución, el Estado reconoce el trabajo del hogar como actividad económica que crea valor agregado y produce riqueza y bienestar social. Hecho que evitará que el hombre  disponga de los bienes comunes, los venda, destruya, traspase o regale, argumentando que la mujer no realiza trabajo remunerado por solo dedicarse a las tareas de la casa.

"La unión singular y estable entre un hombre y una mujer, libres de impedimento matrimonial, que forman un hogar de hecho, genera derechos y deberes en sus relaciones personales y patrimoniales, de conformidad con ley"
 


En el ordinal quinto del artículo 55 de la nueva constitución, de su simple lectura pudiere inferirse que en lo adelante, las relaciones concubinarias van a crear el mismo efecto de un matrimonio, sobre todo con respecto a lo que tiene que ver con el patrimonio de los concubinos y la comunidad de bienes, pero, en realidad no es así, pues ese mismo ordinal 5to. en su parte in fine, relega dichos aspectos de la unión libre o consensual, a la ley, es decir cuando dice "DE CONFORMIDAD CON LA LEY", se refiere a que todo cuanto tenga que ver con la comunidad de bienes y el patrimonio de los participantes seguirá rigiéndose por lo que actualmente dice nuestra legislación civil, es decir, no bastaría con la simple existencia del concubinato, sería necesario que se forme una SOCIEDAD DE HECHO, entre el hombre y la mujer unidos de esta manera, para que pueda generar vínculos de participación patrimonial.


Fuentes:

  1.  http://www.diariolibre.com/noticias_det.php?id=246478
  2. http://www.monografias.com/trabajos38/concubinato-en-dominicana/concubinato-en-dominicana2.shtml
  3.  http://www.suprema.gov.do/PDF_2/sentencias_destacadas/2001/concubina.pdf
  4.  http://www.suprema.gov.do/sentscj/sentencia.asp?B1=VR&llave=114020006
  5. http://www.scribd.com/doc/25792496/jurisprudencia-concubinato
  6. Constitución de la Republica Dominicana.
  7. Headrick, William C. (Agosto, 2006). La Familia en Derecho Dominicano y francés. Santo Domingo, República Dominicana, UNIBE.
  8. Jurisprudencia, sentencia dominicana del 17 de octubre de 2001, que reconoce cierto afecto al concubinato o Unión Libre.
  9. La Ley No.189-01 del año 2001 estableció la igualdad de los cónyuges en la administración y disposición de los bienes de la comunidad.
  10. Ley 136-03 que crea el Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de los niños, niñas y Adolescentes (Código del Menor).
  11.  La Ley 24-97, Contra la Violencia Intrafamiliar.
  12. Ley 16-92 que crea el Código de Trabajo de la República Dominicana.


29 Responses so far.

  1. Este comentario ha sido eliminado por el autor.
  2. El Combo says:

    Es interesante este articulo.

  3. miguel says:
    Este comentario ha sido eliminado por el autor.
  4. miguel says:

    cual es el proceso que deben seguir dos personas que declararon que estaban en unión libre, pero que una de las partes se quiera separar y la otra no?

  5. Unknown says:

    Hola, tengo 4 años de unión libre con mi pareja la relación se ha dañado y quiero separarme mi esposo me dice con frecuencia que todo es de él porque no temos hijos. La pregunta es aun sin tener hijos puedo pedir partición de bienes?

  6. Unknown says:

    Hola, tengo 4 años de unión libre con mi pareja la relación se ha dañado y quiero separarme mi esposo me dice con frecuencia que todo es de él porque no temos hijos. La pregunta es aun sin tener hijos puedo pedir partición de bienes?

  7. Anónimo says:

    Hola, tengo 12 anos de union libre con mi pareja, con un nino de 6 anos, todos viviomos en EEUU. Mi pareja compro un terreno en RD antes de nacer nuestro hijo, ahora solo tiene el acto de venta y quiere sacar el titulo de dicho terreno, deberia el incluirme en el titulo o no importa porque tendria el mismo derecho en caso de su fallecimiento (Dios lo libre)

  8. Unknown says:

    Yo compre todo lo de mi casa ante de conocerla y me caso y duramos 2 año de unión libre y todo lo de la casa ño comore yo le toca el 50% a mi pareja

  9. Anónimo says:

    Buenos días, necesito una orientación urgente, soy casa con mi esposo hace ya 39 años, pero nos pusimos en amores desde que yo tenía 13 años y el 16, tenemos 5 hijos ya mayores de edad algunos profesionales y otros en proceso en la universidad.
    El caso es que mi esposo mantiene una relación en concubinato con una señora aún estando casa y dentro de casa conmigo y exibiendose con ella en todos los lugares públicos como todo un macho sin importarle que yo su madre de sus hijos me diera cuenta.
    Mientras eso sucedía el iba invirtiendo su dinero en bienes inmuebles y otros de los cuales hay apartamentos, fincas, villa en playa acciones en clínicas etc, etc.
    Para nunca tenia dinero, nunca supe en que lo gastaba. Cuando descubrí la situación era que él tenía esa señora mudada,le crió los dos hijos de otro marido y con ella fué que hizo fortuna
    Y cuando hablamos con relación a ese tema me dijo que él tenía 19 años con ella y no la iba a dejar. Decidió irse definitivamente a vivir con ella, abandonando a mi suerte con una enfermedad degenerativa que me impide trabajar y dándome cómo limosna que no dan ni para las medicinas que tomo
    Aún estamos casados

    Preguntas: de todos esos bienes e inmuebles y demás que ellos adquirieron juntos estando casado conmigo, los cuales tienen testaferros osea no los tienen a nombre de ninguno de los dos,

    Que debo hacer??
    Que me corresponde como esposa?
    A mi esposo le corresponde la mitad de los bienes que se demuestren en un proceso legal de divorcio??


    Ami como esposa legal me corresponde el la mitad o el 50 porcentaje de los que estén a nombre de el si los abogados quienes son los testaferros???


    Y por último si a mi esposo por ley le corresponde el 50 porciento de los bienes que se demuestren que están a nombre de su concubina me correspondería ami cómo esposa que soy el 25porciento de esos bienes e inmuebles???

    Contesteme por favor por me han dejado en ruinas total por que todo los hicieron con mala fe por mis hijos tampoco les toca nada si él falta esa señora no le daría nada a mis hijos y ami menos.

    Muchas gracias y perdonen el listin, pero esa es la pura realidad que estoy viviendo.


    Que me aconsejan po favor!!!?

  10. Arlenis says:

    Hola el padre d una d mis hija se fue para España una vez antes d irse le puse una pensión y le mandaron dos citas alas k no fue después deje eso asi ella va a cumplir 14 años y el se fue para España Aló primero le enviaba ahora dice k yo k la mantenga yo no trabajo y tengo tres niños pequeños puedo ponerle su pencion estando el en españa y debo ir al mismo lugar donde le puse la ultima pensión o se la puedo poner dónde resida actualmente grasias

  11. Unknown says:

    Para la señora que el marido la engaño por 19 años.
    Claramente dice que los derechos adquiridos por una concubina son validos siempre y cuando no haya habido una relación preexistente. O sea, que la relación de ellos no es valida, si no que tu tienes todos los derechos!

  12. Lore says:

    Hola,tengo una ralcion de 7año si los de novio de cual progreamos 2niño mi ex paraje me exije todo lo que él compro que podría hacer seder.me gustaría orientación al respecto si debería peliar por eso o sin perdería al hacerlo

  13. Unknown says:

    Buenos días, yo quisiera saber cual es el tiempo que deben tener una pareja en unión libre o concubinato para adquirir derecho de partición de Bienes .

  14. Unknown says:

    Si ustedes están casado aun existe una sociedad de bienes lo que esta a nombre de ustedes es de los dos 50/50 pero su esposo es muy astuto busco testaferros y puso sus otros bienes a nombre de otras personas para que si usted exige el divorcio y la repartición de bienes no le toque nada de lo que creo con su amante le aconsejo contratar un buen abogado

  15. Anónimo says:

    Hola a los cuantos años de convivir bajo el mismo techo sin matrimonio la pareja adquiere derechos del 50%?. Si la vivienda fue adquirida antes de mudarse en ella le corresponde un %?

  16. Buenos dias

    Es responsabilidad del padre velar por la Salud, educación, alimentación y vivienda y seguridad de su hija. El estado lo obliga a eso y si no cumple puede ser apresado aún estando en España. Para más información sobre este procedimiento favor comunicarse a nuestra oficina de abogados al 809-462-4392

  17. Anónimo says:

    Buenas! en mi caso tuve en concubinato con mi ex por un periodo de tres años,en ese tiempo empezamos a construir una casa en un solar que el tenia antes de unirse conmigo,pero la contrucion la hicimos entre los dos.Nuestra relacion se termino porque descubri que el me engañaba con otra mientras yo me mataba trabajando para que echaramos hacia delante.
    mi pregunta es la siguiente>
    *si se vende la propiedad cual es el derecho que me corresponde,(que por ciento de la venta)de esa casa luego de estar separados?
    *De no venderse la casa como recupero lo que me corresponde?
    Gracias!

  18. Unknown says:

    Mi madre tenía 2 años y medio con mi padrastro. ( Unión libre). Un año vivieron alquilados y luego se mudaron a una mejora que él tenía con un sola habitacione completa . Luego de ahí mi madre unicio a invertir en la mejora para estar más cómoda . Luego de que la la casa estaba terminada mi padrastro enfermo y murió de cancer.
    Mi padrastro tenía tres hijos. Dos no tienen su apellido, por un cambio que el difunto hizo y tienen que arreglar esa parte .
    Mi pregunta es qué parte de eso le toca a mi madre.
    Considerando que ella lo atendió durante toda su enfermedad .
    Y tomando en cuenta que cuando ellos se juntaron ya la mejora estaba echa.

  19. Buenas sra.

    Si usted esta casada esa condición le beneficia, la ley le reconoce a usted, el concubinato obtiene esos derechos, si no existiera esos derechos suyos primeros.

    Me reitero a sus ordenes.

    Saludos.

  20. Buenas noches en union libre. a quien le corresponde la vivienda en caso de separacion con hijos menores de edad y si la compra de la casa es financiada por el banco, que le corresponde a la mujer que tiene la custodia de los niños?

  21. Unknown says:

    Hola tuve una relación de 8 años y 1 y pico separados y esa persona fue despedida de su trabajo me gustaría saber si ese dinero que fue ganado mientras vivimos juntos y decidimos que yo me haría cargo de las niñas y el hogar tengo derecho a reclamar parte de esa indemnización

  22. Unknown says:

    Hola, tengo 3 años relación, somos una pareja de lesbianas, podríamos firmar un acta de unión libre en RD?

  23. Unknown says:

    Tengo una pareja ASE un año bamos a tener una hija y recién con pro un te reno para con truil una casa ten dre derecho yo

  24. Anónimo says:

    Hola kiero k me ayuden mi marido y yo tengamos 5 años juntos y tenemos un hijo de 3 años...junto conmigo el se iso de dinero y compro todas las cosas del hogar el me dise k yo no tengo derecho a nada de dinero ni de las cosas del hogar k todo los compro el..yo kiero k me orienten para ver k ago... gracias mi Gmail es juslenny1330@hotmail.com juslenny1330@gmail.com

  25. Unknown says:

    Vivo con una mujer ace 15 años no vamos a separan tenemos un hijo de 7 años ella se quiere quedar con todos lo de la casa pregunto k me toca a mi

  26. Unknown says:

    Si fallece esposo y hay una niña fuera del hogar que le corresponde ala esposa actual de los dejado por el fallesido

  27. Unknown says:

    Vivo en unión libre hace 12 año pero mi pareja estaba casado se divorcio en 2011 compro una casa en 2018 a quien le tocaría el 50% a mi o a su ex pareja, puedo reclamar mis derecho tenemos un niño de 6 años

  28. Unknown says:

    Hola ,tengo cuatro años con mi pareja Unión libre y yo era menor de edad cuando me uni a el y el era mucho mayor que yo .ahora tenemos dos hijos .el no me a comprado los trastes en caso que el no quiera comprarmelo podrían el ser sometido a la justicia.

  29. Anónimo says:

    Hola, tengo una hija de casi cuatro años. Los mismos que tengo viviendo con el Papa. El quiere dar por terminada la nuestra relacion, la casa es de el, la paga todavia y el nos mantiene, yo tengo mi trabajo, pero si el se sale, que puedo pelear???

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